Con el fin de coadyuvar a la recuperación económica, el Ministerio de Hacienda propone adicionar la norma que fijó el calendario tributario para este 2021, con el fin de modificar el plazo para el pago de las cuotas del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas empresas (Mypimes).

Entonces, el pago del impuesto del año gravable 2020 por parte de las Mypimes, sin perjuicio de la presentación de la declaración correspondiente dentro de las fechas establecidas en el Decreto 1680 del 2020, atendiendo al último dígito del NIT, quedaría así:

Pago de la primera cuota

Si el último dígito es Hasta el día

1 9 de junio
2 10 de junio
3 11 de junio
4 15 de junio
5 16 de junio
6 17 de junio
7 18 de junio
8 21 de junio
9 22 de junio
0 23 de junio

Pago de segunda cuota

Si el último dígito es Hasta el día

1 9 de noviembre
2 10 de noviembre
3 11 de noviembre
4 12 de noviembre
5 16 de noviembre
6 17 de noviembre
7 18 de noviembre
8 19 de noviembre
9 22 de noviembre
0 23 de noviembre

El texto está dispuesto para consulta en el sitio web del ministerio y recibirá comentarios hasta el próximo 17 de marzo. (Lea: Los topes para declarar renta en el 2021)

Minhacienda, Proyecto de norma, 03/02/21.
Fuente:https://www.ambitojuridico.com/noticias/tributario/tributario-y-contable/importante-ampliarian-plazos-para-que-mipymes-paguen

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