La Dian recordó que toda persona extranjera sin domicilio en Colombia que tenga una inversión en el territorio nacional debe cumplir con la declaración de renta y complementarios con pago del impuesto a cargo generado por cada operación o transacción, directamente o a través de su representante, agente o apoderado.
Dentro de los recientes cambios realizados para esta obligación tributaria se destacan la declaración de manera virtual y la posibilidad de tener una sola declaración, tanto para personas naturales como para personas jurídicas, entre otros.
Para esta declaración se debe tener en cuenta estar inscrito en la hoja tres del Registro Único Tributario (RUT), si ya existe el registro se recomienda verificar el tipo de documento, el cual deberá concordar con la inscripción como persona natural.
El formulario a utilizar desde el 1° de enero es el 150, sin embargo, las correcciones o declaraciones del año anterior se deberán hacer mediante el formulario 110 para personas jurídicas y 210 para personas naturales.
Es de aclarar que la declaración por inversión extranjera deberá presentarse por cada operación o transacción realizada al mes de la operación.
Al momento de declarar se deben tener en cuenta todos los actos que implican la transferencia de la titularidad de los activos fijos en que está representada, ya sean acciones o aportes en sociedades nacionales.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Comunicado, 12/30/16
Fuente: “https://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/Sociedades-y-Economia-Solidaria/hay-cambios-en-la-declaracion-de-renta-por-modificacion-de-titularidad-de-inversion-extranjera”